El Ministerio de Agricultura ha puesto a consulta pública el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el RD 542/2016, de 25 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte.
La experiencia adquirida en la aplicación de la normativa vigente sobre sanidad y protección animal ha puesto de manifiesto que existe un margen de mejora en los mecanismos existentes para asegurar el cumplimiento de dichas normas. A tal fin se plantea la necesidad de aclarar y concretar algunas partes del real decreto sometido a revisión.
Esta consulta pública tiene el objetivo de recabar la opinión de las organizaciones del sector, así como de las entidades que agrupan profesionales relacionados con los animales y las de protección de los animales, así como de los ciudadanos en general.
Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
La experiencia práctica ha demostrado que las operaciones de exportación de animales vivos a través de puertos y aeropuertos son complejas y que en ellas intervienen un gran número de operadores de naturaleza diferente y que una organización deficiente o la falta de responsabilidades claramente definidas pueden afectar de forma negativa al bienestar de los animales. Mediante esta norma se pretende aclarar las obligaciones y responsabilidades de cada uno de los operadores que participan en este tipo de movimientos para asegurar que el bienestar de los animales no se vea perjudicado en ningún momento.
De igual forma, en el control oficial participan diversas autoridades competentes, incluso de diversos países. La ausencia de un registro nacional de todos los operadores que participan en el transporte de animales así como de los certificados de competencia y las personas que los tienen dificulta la aplicación de los controles y el intercambio de información entre las administraciones implicadas. Integrando toda la información en la base de datos nacional se facilita la labor de control oficialde la autoridad competente.
Finalmente, existen algunos puntos del texto actual que requieren una aclaración o concreción a fin de que las autoridades competentes y los operadores tengan unas líneas claras de actuación, como el relativo al periodo de tiempo en que deben guardarse los registros de temperatura o la gestión del plan de contingencia establecido en el reglamento comunitario, entre otros.
Necesidad y oportunidad de la aprobación de la norma
La experiencia adquirida desde la aplicación de la normativa vigente y la inminente puesta en marcha del sistema de gestión de la información sobre los controles oficiales y sus componentes hacen necesario realizar las modificaciones propuestas
Objetivos de la norma
Los objetivos de esta norma son asegurar el cumplimiento de la normativa de protección de los animales durante el transporte por parte de todos los operadores que manejen animales vivos facilitar los controles oficiales y el intercambio de información entre las autoridades competentes.
El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 17 de febrero y finaliza el 3 de marzo de 2021, ambos inclusive.
17 de febrero de 2021/ MAPA/ España.
https://www.mapa.gob.es/